El Hospital Base San José Osorno cumple, de forma proactiva, con diferentes normativas vinculadas a transparentar su gestión y funcionamiento. Para ello se dispone de diversos canales de utilidad para la comunidad:
Oficina de Información, Reclamos y Sugerencias (OIRS)
Esta oficina es un espacio de participación ciudadana y una vía de comunicación para facilitar el acceso a la información sobre el funcionamiento y atención en las prestaciones de salud otorgadas en este establecimiento público.
El ingreso de un reclamo y/o sugerencia puede ser:
– Presencial: en las oficinas OIRS del Hospital Osorno, ubicadas en las entradas principales del recinto (hall central y Urgencias). Una vez que se registre su requerimiento, el funcionario (a) OIRS le informará de los plazos de respuesta y le hará entrega de una copia de su requerimiento. Es muy importante que guarde este documento, ya que es la garantía para exigir al establecimiento que se le entregue respuesta a su inquietud.
– No presencial: a través del portal que el Ministerio de Salud ha dispuesto para. llamando al fono Salud Responde: 600 360 7777.
Los servicios públicos tienen un plazo máximo de 20 días hábiles para responder al usuario (a) sobre su reclamo o solicitud realizada. Esta respuesta puede contener información sobre el avance en el proceso de gestión o bien sobre la respuesta definitiva.
Ley de Transparencia
La Ley de Transparencia n°20.285, cuyo objetivo es velar por el acceso a la información de la Administración del Estado y entregar información expedita y oportuna. En esta sección, podrás acceder a los siguientes enlaces:
Ley del Lobby
El 8 de marzo de 2014, se publicó la Ley N° 20.730, que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios, constituyéndose en un avance para suministrar a la actividad pública herramientas que hagan más transparente su ejercicio.
A través del siguiente portal web, usted puede consultar sobre audiencias, viajes, donativos, sujetos pasivos (autoridades y funcionarios frente a los cuales se realiza lobby o gestión de interés particular) y sujetos activos (quienes realizan gestiones de lobby o gestión de interés particular ante los sujetos pasivos). Además, puede solicitar audiencia o reunión.
Cuentas Públicas Participativas (CPP)
De acuerdo a la Ley N° 20.500 Sobre Asociaciones y Participación Ciudadana, se establece el derecho de las personas a participar en los distintos espacios de la gestión pública, acercando a los gobiernos locales y la administración central a la ciudadanía, de esta manera se institucionaliza la Participación Ciudadana en la gestión pública.
A continuación revisa las Cuentas Públicas Participativas del Hospital Base San José Osorno, desde el año 2015: